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El convenio regulador en la separación matrimonial

Protege tus intereses si quieres separarte

Si firmas este convenio regulador te permitirá, que en tu separación matrimonial acuerdes la custodia de los hijos, el uso de la vivienda, gastos, pensión alimenticia, etc.

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Es un acuerdo o contrato entre los dos cónyuges, que te servirá para acordar las consecuencias de una posible separación de hecho, separación legal y divorcio (los dos últimos solicitados al Juez).

Los acuerdos a los que llegues en este documento, no deben ser especialmente perjudiciales ni para ti ni para el otro cónyuge. En los casos de separación legal y divorcio este convenio regulador tiene que ser aprobado por el Juez cuando haya hijos menores de edad.

Este importante documento suele incluir en su contenido, acuerdos sobre:

  • el cuidado de los hijos

  • régimen de visitas

  • el uso de la vivienda y bienes del matrimonio

  • cómo pagar los gastos y el mantenimiento de los hijos

  • la posibilidad de pagar una pensión a uno de los cónyuges

  • la liquidación del régimen económico matrimonial (gananciales, separación de bienes, etc.)

Estos acuerdos pueden ser modificados con posterioridad si se justifica claramente un cambio en las circunstancias que hagan necesarios esos cambios.

¿Sabías que puedes pactar todo lo relativo a la guardia y custodia de los hijos?, y por lo tanto, cómo se debe ejercer la patria potestad sobre ellos, como debe ser el régimen de visitas y convivencia del cónyuge que no convive habitualmente con ellos.

Puedes pactar la custodia compartida. Y en cuanto al lugar para vivir, compartiendo la convivencia, puedes acordar que esta se produzca, o bien, en los domicilios de los padres desplazándose los hijos, o bien, en el domicilio familiar, permaneciendo los hijos y desplazándose los padres.

En el convenio regulador, podrás pactar un régimen de visitas para que tus hijos puedan relacionarse con otros familiares, como los abuelos u otras personas que se indiquen.

Debes tener en cuenta, que en caso de desacuerdo o de negar esas visitas, por ejemplo, los abuelos, podrían solicitarlas al Juez, que puede no aprobar el convenio en este punto. Pregunta a un abogado si quieres saber más sobre el régimen de visitas.

En este caso la vivienda familiar, será aquella donde resida la familia cuando surgen los problemas familiares, con independencia de quién sea el dueño de la misma. Tanto el uso de la vivienda, como del mobiliario y otros aparatos (ej. electrodoméstico, ordenadores, etc.) necesarios para desarrollar correctamente la vida cotidiana, pueden pactarse en el convenio regulador.

A la hora de pactar debes tener en cuenta, que lo más importante y el interés principal es que tus hijos tengan un lugar adecuado donde vivir y desarrollarse correctamente. Ellos disfrutarán esta vivienda y su mobiliario junto con el cónyuge con el que vayan a convivir. Y ese interés es el que protegerá el juez. Pregunta a un abogado si quieres saber más sobre el convenio regulador y el uso de la vivienda familiar.

En este caso en el convenio regulador podrás acordar 4 conceptos o cantidades diferentes:

  • las pensiones alimenticias debidas a los hijos menores o mayores de edad no independientes económicamente
  • las pensiones alimenticias entre cónyuges, que corresponden, cuando se mantiene el matrimonio en las separaciones
  • los gastos y cargas del matrimonio, que comprende las deudas y obligaciones que afectan al patrimonio (sin tener en cuenta el pago del préstamo hipotecario de la vivienda familiar)
  • la actualización de las cuantías de los pagos anteriores, y en algunas ocasiones se establecen garantías a los cónyuges para cumplir con esos pagos (ej. hipotecas, avales, etc.)

En el convenio se debe incluir el número concreto de mensualidades, quien las cobra, la forma de pago, tiempo de duración, etc. Para las actualizaciones de los importes suele utilizarse la referencia del IPC (índice de precios al consumo), aunque se podría utilizar otro. Si tienes cualquier duda, Pregunta a un abogado.

Puedes también, llegar al acuerdo de incluir en el convenio regulador, el pagar o cobrar una cantidad de dinero, en compensación por el perjuicio económico que le cause a uno de los cónyuge la separación o divorcio (ej. cuando uno de los cónyuges no trabaja).

Podrás pactar, el importe, tiempo de duración, etc., como también no pagarla. Pregunta a un abogado si tienes cualquier duda sobre el convenio regulador y la pensión compensatoria.

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