Utiliza nuestro documento de estatutos de asociación si quieres crear de una manera segura y sencilla, una asociación o modificar los estatutos que ya existen. Es el documento que comprende las normas que organizan y regulan tanto el régimen interno de la asociación, como los derechos y obligaciones de los asociados y sus relaciones con personas ajenas a la asociación.
Más información sobre los Estatutos de asociación
¿Cuándo usar?
Utiliza estos estatutos:
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si quieres constituir una asociación
- si quieres modificar los estatutos de una asociación ya creada
¿Qué cubre?
Este modelo de estatutos contiene:
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la denominación. Para saber si el nombre ya está registrado, puedes realizar la consulta del fichero de denominaciones a través de la Sede Electrónica del Ministerio del Interior.
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el domicilio, así como el ámbito territorial en que haya de realizar principalmente sus actividades
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la duración
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los fines y actividades de la asociación
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los requisitos y modalidades de admisión y baja, sanción y separación de los asociados y, en su caso, las clases de éstos así como los derechos y obligaciones de los asociados
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los órganos de gobierno y representación
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el régimen de administración, contabilidad y documentación
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el patrimonio inicial y los recursos económicos de los que se podrá hacer uso
- causas de disolución
¿Qué son los estatutos de la asociación?
Los estatutos son las normas que organizan y regulan el régimen interno de la asociación, los derechos y obligaciones de sus asociados y sus relaciones con terceras personas. Vinculan no sólo a quienes los aprueban, sino también a quienes después ingresan en la asociación, aunque no los conozcan previamente.
¿Qué cláusulas deben incluirse en los estatutos de la asociación?
Los estatutos deben tener un contenido mínimo y además pueden incluir otras normas de carácter voluntario. Respecto al contenido mínimo, es indispensable que hagan referencia a:
- la denominación
- domicilio, y ámbito territorial en que haya de realizar principalmente sus actividades
- a la duración, cuando la asociación no se constituya por tiempo indefinido
- a los fines y actividades de la asociación
- a los requisitos y modalidades de admisión y baja, sanción y separación de los asociados y, en su caso, las clases de éstos
- los derechos y obligaciones de los asociados
- criterios que garanticen el funcionamiento democrático de la asociación
- los órganos de gobierno y representación
- régimen de administración, contabilidad y documentación
- fecha de cierre del ejercicio asociativo
- patrimonio inicial y recursos económicos de los que se podrá hacer uso
- causas de disolución y destino del patrimonio en tal supuesto
¿Por qué necesitas unos estatutos de asociación?
Cuando vas a constituir una asociación, es requisito indispensable para que ésta adquiera personalidad jurídica, mediante su inscripción en el registro de asociaciones (autonómico o estatal según el ámbito de actuación) que los estatutos sociales figuren en el acta fundacional. Debe celebrarse la reunión de fundación de la asociación y redactarse los estatutos por los que se regulará y aprobarse el acta fundacional. Dado que los estatutos son la norma que regula la estructura y funcionamiento de la asociación, en la redacción de su contenido se deben observar unas ciertas reglas. En este modelo encontrarás todo lo necesario para el funcionamiento de tu asociación.
¿Cómo debe ser el nombre o denominación de la asociación?
Las asociaciones sólo podrán tener una denominación. Las siglas o nombres abreviados que se añadan formarán parte de la denominación única. La denominación podrá ser en castellano o en alguna de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas. También podrá ser en cualquier idioma extranjero. En todo caso, la denominación estará formada por letras del alfabeto latino y, de incluir cifras, éstas sólo podrán expresarse en números arábigos o romanos (por ejemplo: 1, 2, 5, III, VI, X). Está prohibida la denominación que:
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incluya expresiones contrarias a las leyes o puedan violar los derechos fundamentales
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esté formada sólo con el nombre de España, los de sus CCAA, provincias, municipios, islas y demás entidades locales, con el nombre de los órganos de las Administraciones públicas, o con los de los Estados extranjeros u organizaciones internacionales
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incorpore términos dotados de valor institucional (por ejemplo: estatal, oficial, público, real)
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incluya términos que induzca a error o confusión sobre su propia identidad, o sobre la clase o naturaleza de la misma
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coincida o se asemeje de manera que pueda crear confusión con otras entidades ya existentes sean o no de nacionalidad española, salvo que sean filiales o delegaciones
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coincida con la de otra asociación previamente inscrita en el Registro o que se encuentre incorporada al Fichero de denominaciones de asociaciones
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coincida con los nombres o seudónimos de las personas físicas
- coincida con una marca registrada notoria
Más asesoramiento
Pregunta a un abogado si quieres la declaración de utilidad pública de tu asociación.
También puedes consultar nuestras Guía Rápida Asociaciones sin ánimo de lucro.